Aquí van algunos consejos. Cuide que la abundancia de correo en su buzón no delate su ausencia: pídale a algún vecino de su confianza que se lo retire con frecuencia. No cuente ante desconocidos sus planes de veraneo: podría dejarles demasiadas pistas.
Todo lo que en su vivienda transmita apariencia de estar habitada, será un seguro de prudencia muy eficaz: no baje del todo las persianas, y valore instalar un reloj programable que ilumine la vivienda por zonas, encendiendo y apagando luces y algunos electrodomésticos de la casa en horarios distintos... Y en el peor de los casos, si ve la puerta de su domicilio abierta o una ventana rota, no entre, llame inmediatamente a la Policía.
Vivienda
¿Qué hacer en caso de terremoto?
Aunque el territorio español no se encuentra en una zona de especial peligrosidad en cuanto a movimientos sísmicos que provoquen terremotos periódicamente en el tiempo sí que se producen en nuestro país esta serie de incidencias naturales como las últimas acontecidas en la zona del Mar de Alborán y que se han dejado sentir con especial fuerza en la ciudad autónoma de Melilla y en la provincia de Málaga y Granada y que afortunadamente no han dejado daños personales como desgraciadamente si ocurrió en el seísmo que afectó hace unos años a la ciudad murciana de Lorca.
Desde la Policía Nacional queremos transmitirles los consejos esenciales si desgraciadamente tienen ustedes que enfrentarse a estas situaciones: cuando empiecen los temblores debe realizar el ‘agacharse, cubrirse y agarrarse’. Dé unos pocos pasos hasta un lugar seguro próximo. Quédese dentro hasta que los temblores hayan cesado y esté seguro de que se puede salir sin peligro. Manténgase alejado de las ventanas.
Si está en la cama, métase debajo, agárrese y quédese allí, protegiéndose la cabeza con una almohada.
Si usted está dentro de un automóvil, disminuya la velocidad y conduzca a un lugar despejado Permanezca en su auto hasta que los temblores cesen.
Si está fuera del coche no ande ni circule por los caminos y carreteras paralelas a la playa, ya que después de un terremoto pueden producirse maremotos.
Si usted está fuera, busque un lugar despejado lejos de edificios, árboles y cables de energía. Tiéndase en el suelo.
Si está en un espacio cerrado busque refugio debajo de un escritorio, mesa o banco, o contra una pared interior, y agárrese. Manténgase alejado de vidrios, ventanas, puertas exteriores o paredes y de todo lo que pueda caerse, tal como lámparas y muebles. Si no hay una mesa o escritorio cerca de usted, cúbrase la cara y la cabeza con sus brazos y agáchese en una esquina interior del edificio. Los marcos de las puertas sólo deben usarse como refugio si están cerca de usted y usted sabe que es una puerta de carga apoyada fuertemente.
Si por desgracia se queda atrapado bajo los escombros, tenga en cuenta estos consejos: no encienda un fósforo; no se mueva ni levante polvo; cúbrase la boca con un pañuelo o la ropa; dé golpes en un tubo o la pared para que los rescatadores puedan encontrarlo; use un silbato, si tiene uno.
Grite solamente como un último recurso, ya que gritar puede causar que inhale cantidades peligrosas de polvo.
Los vecinos no nos fiamos de un hombre que dice ser revisor de extintores en el barrio. ¿Qué debemos hacer?
Hace bien en desconfiar, ya que en las últimas semanas se han detectado en distintas zonas de España estafadores que se hacen pasar por falsos revisores de los extintores obligatorios. No realizan ninguna comprobación o revisión de unos medios tan importantes como son los extintores en cualquier negocio o edificio y además exigen cantidades abusivas por unos servicios inexistentes.
Al igual que en el caso de los falsos revisores de las instalaciones del gas, desde la Policía Nacional recomendamos que no permita que una persona que se presente en su edificio o negocio realice ninguna operación sin que la empresa que lleve el mantenimiento de los equipos contraincendios le haya llamado previamente o que haya comprobado la identidad y veracidad de la identidad de los técnicos que le presentan. Ante cualquier sospecha, no dude en llamar al 091 para que una patrulla se persone en el lugar y compruebe los hechos.
Jóvenes se concentran en mi calle para fumar porros y armar escándalo. ¿Puedo pedir que pase el 091?
Ante la situación que usted vive puede llamar al 091 y relatar lo que está sucediendo: que los jóvenes consumen drogas y alcohol y crean unas molestias continuas en su vida diaria, para que se desplacen al lugar los efectivos necesarios para que solventen esta situación. El consumo y tenencia de estupefacientes en la vía pública está sancionado.
Los agentes procederán a la incautación de las drogas y levantarán actas de propuesta de sanción y por supuesto analizarán si se está cometiendo una infracción criminal en lo referente a la salud pública. De la misma forma las continuas molestias y ruidos causadas por acciones incívicas podrán ser sancionadas por la misma ley que recoge sanciones para estas conductas en la figura de los desordenes públicos leves.
También hay que decir que las diferentes ordenanzas municipales de las distintas poblaciones recogen en muchos casos sanciones para este tipo de conductas y que el consumo de alcohol en la vía pública también se encuentra sancionado por las distintas leyes “antibotellón” legisladas por las comunidades autónomas.
Un vecino me hace la vida imposible, ¿puedo grabarle para tener pruebas y denunciarle?
En su testimonio se pueden observar una serie de infracciones penales como daños, coacciones e incluso delito contra la integridad moral si el acoso es continuado. Así que no dude en acudir a la Comisaría de Policía para denunciar estos hechos, relatando al profesional que le reciba en la oficina de denuncias los acontecimientos de forma pormenorizada para que las unidades de Policía Judicial inicien una investigación.
En todo caso, también debería llamar al 091 cada vez que sufra estos actos, para que se persone una patrulla en el lugar que compruebe lo ocurrido y recabe la mayor información posible que aporte al atestado. Por regla general, no se pueden instalar videocámaras en la vía pública salvo las que cumplan las condiciones estipuladas en la ley específica, por parte de organismos públicos y en base a intereses de seguridad pública.
Sin embargo será potestad, en último caso, del juez o tribunal que entienda del caso el admitir o no como prueba una grabación puntual de unos hechos concretos en la vía pública.
Los fines de semana siempre hacen fiesta bajo mi casa, ¿qué hago?
Ante los casos que nos relata debe actuar los Cuerpos de Seguridad para proteger su derecho al descanso y que valoren los hechos, ya que la actitud de estas personas puede ser constitutiva de una infracción ya que se consumen bebidas alcohólicas causando un escándalo público y un perjuicio a terceros, actos sancionables como especifican las distintas leyes antibotellón de las comunidades autónomas.
También incumplen la mayoría de las ordenanzas municipales e incluso la Ley de Seguridad Ciudadana 1/92 que regula la comisión de desórdenes públicos leves. Si no obtiene respuesta de los Cuerpos de Seguridad, acuda al Juzgado de Guardia de su localidad para denunciar los hechos.
Junto a mi vivienda se han instalado unos okupas que nos provocan problemas de convivencia…
La ocupación de edificios y viviendas ajenos por parte de personas que no son sus legítimos propietarios constituye un delito de usurpación de bienes inmuebles recogido en el Código Penal español. No dude en llamar al 091 informando de estos hechos para que los agentes los comprueben e identifiquen a las personas que puedan estar cometiendo estas acciones.
Si bien la policía no puede proceder al desalojo de ninguna morada sin la orden de la Autoridad Judicial, el informe correspondiente se cursará inmediatamente al Juzgado de Guardia para que se inicie el proceso que conduzca al desalojo del inmueble y se diriman las posibles responsabilidades penales de los causantes.
Este tipo de procesos se han agilizado enormemente con las últimas modificaciones del Código Penal. Si además llevan a cabo acciones insalubres e incívicas como usted nos refiere podrán ser sancionados en virtud de las Ordenanzas Municipales de su localidad y en el caso de que produzcan altercados en la vía pública por la Ley de Seguridad Ciudadana 1/92. Aparte se deberán realizar las debidas comprobaciones para asegurar que el material que manejan no proceda de ilícitos penales
Creo que en mi bloque hay una plantación de marihuana. ¿Cómo actúo?
En el caso que nos refiere puede usted ponerse en contacto con el 091 indicando los hechos de forma anónima, no será necesario que aporte su nombre ni el piso o vivienda en la que usted habita, también puede acceder a www.policía.es y entrar en el apartado “Colaboración Ciudadana” donde de forma anónima podrá exponer los hechos, otra vía es utilizar el correo electrónico “antidroga@policia.es”.
Recordar la importancia de luchar también contra el tráfico de marihuana que produce entre los consumidores habituales adicción psicológica y a largo plazo física, que contribuye al aislamiento y fracaso escolar de muchos jóvenes y se ha demostrado que con un consumo continuado produce enfermedades mentales graves como la esquizofrenia.
¿Qué consejos me recomendáis en casa antes de irnos unas semanas de vacaciones?
Recomendamos ante todo que no dé mucha publicidad al hecho de que usted se va de vacaciones, al igual que debe tener cuidado con contarlo en internet y las redes sociales. Es importante comprobar que todos los accesos han quedado bien cerrados, especial atención a las ventanas. Debe intentar hacer ver que la casa está habitada no cerrando las persianas del todo, que algún vecino de confianza recoja la correspondencia y desviar el teléfono fijo al móvil.
Y como siempre, hacer un llamamiento a la colaboración ciudadana, que recordemos no comporta ningún tipo de compromiso. Si oímos golpes extraños, ruidos en la casa del vecino que sabemos que no está, personas ajenas al inmueble o que merodean por nuestros barrios, cualquier tipo de sospecha o duda que pueda estar ocurriendo, no dudar en llamar a la Policía Nacional al 091, Guardia Civil al 062 o al teléfono común de emergencias 112. Una patrulla se desplazará con rapidez al lugar para comprobar los hechos y si después, afortunadamente no es nada o una simple confusión, no tema porque nadie le va a recriminar nada, sino todo lo contrario.
Mis inquilinos se quedan con unos muebles que les presté. ¿Puedo denunciar?
Usted como arrendador realizó el contrato de alquiler con sus inquilinos en el que refería la entrega de la vivienda sin muebles, por tanto, si usted como nos dice les prestó muebles a los moradores por supuesto que estos efectos no se ven afectados por el contrato de ninguna manera. Si estas personas no le devuelven los enseres estarían incurriendo en una apropiación indebida.
También nos señala que pretenden llevarse los muebles del salón que usted les vendió y que no se los han pagado. Ahora estaríamos ante un caso de impago. Los problemas que relata no se ven afectados por el contrato tal y como está redactado. Usted debería proceder a denunciar estos hechos.