En su testimonio se pueden observar una serie de infracciones penales como daños, coacciones e incluso delito contra la integridad moral si el acoso es continuado. Así que no dude en acudir a la Comisaría de Policía para denunciar estos hechos, relatando al profesional que le reciba en la oficina de denuncias los acontecimientos de forma pormenorizada para que las unidades de Policía Judicial inicien una investigación.
En todo caso, también debería llamar al 091 cada vez que sufra estos actos, para que se persone una patrulla en el lugar que compruebe lo ocurrido y recabe la mayor información posible que aporte al atestado. Por regla general, no se pueden instalar videocámaras en la vía pública salvo las que cumplan las condiciones estipuladas en la ley específica, por parte de organismos públicos y en base a intereses de seguridad pública.
Sin embargo será potestad, en último caso, del juez o tribunal que entienda del caso el admitir o no como prueba una grabación puntual de unos hechos concretos en la vía pública.