He sacado la licencia para pescar en playa y me dijeron en la oficina que solo podría pescar especies con escamas…

Imagen jere14bTanto en la Ley 1/2002, de pesca marítima en Andalucía como en el decreto 361/2003, de pesca marítima de recreo en aguas interiores, se establece que en el ejercicio de la pesca marítima de recreo solo está permitida la captura de peces, no crustáceos ni moluscos. También se prohíbe para la pesca deportiva, en la Región IX a), del Golfo de Cádiz hasta Gibraltar, la captura de las siguientes especies por estar sometidas a la TAC (Total Admisible de Capturas): Anchoa, Gallos, Rape, Eglefino, Merlán, Merluza, Bacaladilla, Solla europea, Abadejo, Caballa, Lenguado y Jurel.
Por otra parte, para la captura en aguas interiores de las siguientes especies sometidas a medidas especiales de protección se deberá disponer de una autorización otorgada al efecto por la Dirección General de Pesca y Acuicultura: Atún rojo, Atún blanco, Patudo, Pez Espada, Marlines, Agujas, Pez Vela, Merluza,Voraz y Bonito.

¿Se puede pilotar un barco en estado de ebriedad? ¿Hay controles?

barcoHay que tener en cuenta que en el mar no existen tablas de alcoholemia como en carretera, por lo que depende del criterio del instructor del expediente sancionador, el cual es el Capitán Marítimo, así que simplemente habría que demostrar por indicios externos que la persona está ebria o drogada. Sería de aplicación el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.

¿Se puede hacer pesca submarina en Andalucía con un seguro privado o tiene que ser con el federativo?

submariEn la Orden de Fomento, de 14 de octubre de 1997, sobre actividades subacuáticas se establece en su artículo 24 que “todo practicante de una de las modalidades de actividades subacuáticas, deberá encontrarse en posesión de un seguro de accidentes  y de responsabilidad civil que pueda cubrir cualquier tipo de incidente que pueda producirse durante el desarrollo de las mismas”.

Por lo tanto es obligatorio estar en posesión de un seguro, pero en ningún caso la norma obliga a que éste sea el de la Federación, por lo que puede contratarlo con cualquier aseguradora.

¿Se puede pescar con el arte conocido como ‘pajarita’?

pescadorEn el Decreto 361/2003, que regula la pesca marítima de recreo en aguas interiores, se establecen como únicos útiles de pesca permitidos las líneas o aparejos de anzuelo, con un máximo de seis anzuelos por licencia y en el caso de licencia de clase 3 o colectiva, el máximo de seis anzuelos se entenderá por persona embarcada. Los señuelos artificiales se considerarán aparejos de un anzuelo a efectos de esta norma.
Por lo tanto no se contempla a las ‘pajaritas’ como útiles permitidos para la pesca, por lo que su tenencia o utilización, así como la de cualquier otro arte, útil, equipo o instrumento prohibido, se sancionaría de acuerdo con lo establecido en el artículo 108, apartado 6), de la Ley 1/2002, de Pesca Marítima de Andalucía.

¿Cuál es el número máximo de cañas con las que se puede pescar en la playa?

pescarÚnicamente podrá usted pescar con dos cañas y siempre que éstas se encuentren al alcance de las manos, pero tenga en cuenta antes de ponerse a la labor que, en época estival, es decir en temporada de baños, puede  existir peligro para los bañistas. Si los hubiere en el entorno donde pesca no podría. Es obligatorio que no haya personas en el agua.

¿Se puede pescar en Andalucía con un fusil óleo-neumático?

El decreto 361/2003, de 22 de diciembre, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, que regula la pesca marítima de recreo, establece en su artículo 10, apartado 2º lo siguiente: “En el ejercicio de la pesca marítima de recreo submarina sólo se permitirá el empleo de arpón impulsado manualmente o por medios mecánicos
A tenor de lo anterior y al no estar impulsados manualmente ni por medios mecánicos, los arpones oleo-neumáticos no están permitidos”.

¿Puedo coger cangrejos en escolleras y lombrices o pulgas de más para pescar con licencia de pesca de recreo desde tierra?

CHICLANA PESCADO DE ESTERO - MARÍA BENÍTEZLa opción más extendida es la compra de cebos vivos en tiendas habilitadas para este fin, además, en la pesca marítima de recreo solo se permite la captura de peces, por lo que se excluye la pesca de cualquier otra especie de vertebrado o invertebrado marino.

Para poder capturar las especies que indica tiene que estar en posesión del carné de marisqueo, expedido por la delegación territorial de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, por lo que no puede recoger cebos ni existe cupo alguno permitido.

Las normas que regulan esta actividad son tanto la orden por la que se regula la obtención, renovación y utilización de los carnés profesionales de marisqueo a pie en el litoral de Andalucía, como el decreto 387/2010 por el que se regula el marisqueo en el litoral de la comunidad autónoma andaluza.

Para la obtención del carné de marisqueo a pie será necesario que la persona solicitante haya alcanzado la mayoría de edad y que aporte el compromiso de alta en el régimen especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

¿En mi embarcación de recreo puedo llevar la bandera de mi Comunidad?

COMIENZA EN BARCELONA EL SALON NAUTICOSi, teniendo presente que todos los buques y embarcaciones nacionales, entre ellas las que son de recreo, enarbolarán como único pabellón la bandera de España, reservando el asta de popa y el pico de la mayor para la bandera nacional.

La bandera reconocida en el Estatuto de Autonomía de cada Comunidad Autónoma nunca deberá ser superior a un tercio de la enseña nacional y que sólo podrá izarse en aguas interiores y en puertos nacionales siempre al mismo tiempo que el pabellón nacional.

Por todo ello cabe señalar que, según la normativa, la bandera de su Comunidad Autónoma no podrá sustituir en ningún caso a la bandera de España.

¿Puede un puerto deportivo rechazar una solicitud de amarre?

pic-20090810070830S7237P5El puerto puede denegar la entrada de una embarcación cuando suponga un riesgo para la seguridad, carezca de documentación en regla y especialmente si carece de titulación habilitante el patrón o un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños que se pueda ocasionar.

La legislación obliga a que todas las embarcaciones, nacionales y extranjeros que naveguen por España deben tener contratado un seguro de responsabilidad civil. Esta denegación está exceptuada en casos de fuerza mayor, arribada forzosa o salvaguardar la vida humana en la mar.

El Servicio Marítimo, a punto de cumplir 23 años

JOSE A. PEREZ. SIMULACRO SALVAMENTO MARITIMO.El 22 de febrero de 1991 (Ley Orgánica 2/86 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado) se crea el Servicio Marítimo de la Guardia Civil. Las funciones se ejercen en las aguas marítimas españolas hasta el límite exterior del mar territorial determinado en la legislación vigente y, excepcionalmente, fuera del mar territorial, de acuerdo con lo que se establece en los tratados internacionales.

Esto supuso extender a la demarcación marítima lo que el Cuerpo de la Guardia Civil venía haciendo en el ámbito terrestre.

Las primeras embarcaciones del Servicio Marítimo se entregaron en el año 1992, que prestaron servicio en la Olimpiada de Barcelona y la Exposición Universal de Sevilla. Posteriormente el despliegue se ha ido completando hasta cubrir la demarcación en la que es competente.

Su misión general es ejercer las funciones que le corresponden a la Guardia Civil en las aguas marítimas españolas y las aguas continentales. También incluye las actividades en el medio subacuático, y en particular la custodia de las costas y el control de la inmigración irregular en este ámbito.

Sus cometidos fundamentales son las siguientes. Judicial: prevención y averiguación de delitos, primeras diligencias e informes; fiscal: resguardo fiscal del Estado y las actuaciones encomendadas a evitar y perseguir el contrabando; administrativo: conservación de la naturaleza y el medio ambiente, control e inspección pesquera y de embarcaciones deportivas, protección del patrimonio histórico sumergido y el control de la inmigración irregular; misiones en el extranjero: participación en aquellas misiones internacionales de cooperación policial, mantenimiento de la paz o humanitarias que se desarrollen en el ámbito marítimo; colaboración y cooperación nacional: relaciones de colaboración con otros organismos españoles con competencias en el mar, como Salvamento Marítimo, Marina Mercante, Aduanas, Medio Ambiente, Pesca y la Armada.

La Jefatura Fiscal y de Fronteras dependiente de la Dirección Adjunta Operativa, es el órgano superior del que depende el Servicio Marítimo.

El Servicio Marítimo se estructura en una jefatura del servicio, ubicada en Madrid; grupos marítimos, unidades organizativas en las que se integran los buques oceánicos del Servicio Marítimo de la Guardia Civil, y los servicios marítimos provinciales, que coinciden con cada provincia que cuenta con litoral.

Entre sus unidades están los referidos grupos marítimos, unidades en las que se integran los buques oceánicos de la Guardia Civil. Tienen su base en Las Palmas y en Cádiz.