¿Es cierto que se va a suprimir la edad máxima para acceder al Cuerpo?

Toma de Posesión de Ezequiel Romero, nuevo Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de HuelvaLa Dirección General desconoce si el Gobierno prevé eliminar el requisito de la edad. Actualmente para ingresar en la escala de cabos y guardias,  los requisitos específicos son: Nacionalidad española, carecer de antecedentes penales, no estar privado de los derechos civiles, no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.

Se debe acreditar buena conducta ciudadana, aceptar portar armas y, en su caso, utilizarlas, medir como mínimo 1’65 m. (hombres) y 1’60 m. (mujeres) y no haber cumplido ni cumplir los 30 años de edad, dentro del año en que se publique la oportuna convocatoria, entre otras, como tener el carné B

¿Las grabaciones en vídeo desde un vehículo son medios de prueba en caso de accidente?

Clínicas 1.jpgPuede realizar grabaciones en la vía pública, siempre que el objeto de su grabación sean personas de su entorno o actividades que realice, por lo que si en alguna de éstas se recogiese la comisión de un hecho delictivo debería ponerlas a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, aunque la admisión como prueba de las imágenes es competencia y decisión de la autoridad judicial que entienda del caso, y no de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Soy vigilante de seguridad y me quiero sacar la licencia de armas, ¿que trámites tengo que realizar?

08/11/2006. Málaga. Vigilantes de seguridad del Aeropuerto de la ciudEn primer lugar hay que aclarar que para poder prestar servicio armado, el vigilante de seguridad tiene que estar en posesión de la licencia de armas tipo C, además de pasar una serie de pruebas en la Comandancia de la Guardia Civil que le corresponda.

Para poder presentarse a dichos exámenes, es la empresa quien debe presentar y justificar la necesidad de obtener este tipo de licencia mediante un certificado que recoja dónde se va a prestar dicho servicio armado.

¿Puedo exigir factura por unas jornadas de caza con su IVA correspondiente?

monteriaDentro de la gestión cinegética, como en la prestación de cualquier otro servicio de cuantos se ofrecen a la ciudadanía, si le cobran por ello usted puede y debe exigir la factura correspondiente por la prestación del mismo conforme a los preceptos legales. Igualmente, debe saber que usted se encuentra en su derecho de presentar la correspondiente denuncia en el caso de que se nieguen a facilitársela o a incorporar en la misma los impuestos legales.

El lugar donde debería hacer la referida denuncia es ante la Agencia Tributaria. Todo ello le ayudará para evitar engaños. Es justamente este organismo de la Administración central a quien corresponde el control de la fiscalidad de dichas actividades así como de muchísimas más.

¿Puede cualquier persona ir a mariscar? En caso contrario, ¿cómo podría realizar dicha actividad?

091013_marisqueoNecesita un carné de marisqueo, personal e intransferible que expide la Junta de Andalucía.
Para la obtención del carné de marisqueo a pie será necesario que la persona solicitante sea mayor de edad y que aporte el compromiso de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

En todo caso, tendrá preferencia para su otorgamiento la persona solicitante que acredite experiencia en la actividad de pesca marítima profesional y marisqueo. Una vez obtenido el carné, las jornadas autorizadas serán de lunes a viernes.

Tampoco se podrá mariscar durante los días festivos de ámbito nacional y los de la comunidad autónoma.