En este caso se trataría del aprovechamiento de un recurso para el cual es preceptiva la autorización de la Demarcación de Costas, acorde con lo dispuesto en la Ley de Costas y en el Reglamento para su ejecución. Debe, por lo tanto, solicitar autorización de dicho organismo, además de contar y cumplir con el resto de normas que regulan esta actividad.
Mar
He sacado la licencia para pescar en playa y me dijeron en la oficina que solo podría pescar especies con escamas…
Tanto en la Ley 1/2002, de pesca marítima en Andalucía como en el decreto 361/2003, de pesca marítima de recreo en aguas interiores, se establece que en el ejercicio de la pesca marítima de recreo solo está permitida la captura de peces, no crustáceos ni moluscos. También se prohíbe para la pesca deportiva, en la Región IX a), del Golfo de Cádiz hasta Gibraltar, la captura de las siguientes especies por estar sometidas a la TAC (Total Admisible de Capturas): Anchoa, Gallos, Rape, Eglefino, Merlán, Merluza, Bacaladilla, Solla europea, Abadejo, Caballa, Lenguado y Jurel.
Por otra parte, para la captura en aguas interiores de las siguientes especies sometidas a medidas especiales de protección se deberá disponer de una autorización otorgada al efecto por la Dirección General de Pesca y Acuicultura: Atún rojo, Atún blanco, Patudo, Pez Espada, Marlines, Agujas, Pez Vela, Merluza,Voraz y Bonito.
¿Se puede pilotar un barco en estado de ebriedad? ¿Hay controles?
Hay que tener en cuenta que en el mar no existen tablas de alcoholemia como en carretera, por lo que depende del criterio del instructor del expediente sancionador, el cual es el Capitán Marítimo, así que simplemente habría que demostrar por indicios externos que la persona está ebria o drogada. Sería de aplicación el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
¿Se puede hacer pesca submarina en Andalucía con un seguro privado o tiene que ser con el federativo?
En la Orden de Fomento, de 14 de octubre de 1997, sobre actividades subacuáticas se establece en su artículo 24 que “todo practicante de una de las modalidades de actividades subacuáticas, deberá encontrarse en posesión de un seguro de accidentes y de responsabilidad civil que pueda cubrir cualquier tipo de incidente que pueda producirse durante el desarrollo de las mismas”.
Por lo tanto es obligatorio estar en posesión de un seguro, pero en ningún caso la norma obliga a que éste sea el de la Federación, por lo que puede contratarlo con cualquier aseguradora.
¿Se puede pescar con el arte conocido como ‘pajarita’?
En el Decreto 361/2003, que regula la pesca marítima de recreo en aguas interiores, se establecen como únicos útiles de pesca permitidos las líneas o aparejos de anzuelo, con un máximo de seis anzuelos por licencia y en el caso de licencia de clase 3 o colectiva, el máximo de seis anzuelos se entenderá por persona embarcada. Los señuelos artificiales se considerarán aparejos de un anzuelo a efectos de esta norma.
Por lo tanto no se contempla a las ‘pajaritas’ como útiles permitidos para la pesca, por lo que su tenencia o utilización, así como la de cualquier otro arte, útil, equipo o instrumento prohibido, se sancionaría de acuerdo con lo establecido en el artículo 108, apartado 6), de la Ley 1/2002, de Pesca Marítima de Andalucía.
¿Cuál es el número máximo de cañas con las que se puede pescar en la playa?
Únicamente podrá usted pescar con dos cañas y siempre que éstas se encuentren al alcance de las manos, pero tenga en cuenta antes de ponerse a la labor que, en época estival, es decir en temporada de baños, puede existir peligro para los bañistas. Si los hubiere en el entorno donde pesca no podría. Es obligatorio que no haya personas en el agua.
Tengo licencia de pesca desde embarcación. ¿Puedo invitar a una persona sin licencia a pescar y utilizar parte de mis aparejos?
No puede hacer lo que propone en su pregunta. La base legal radica en que la licencia de pesca que usted posee tan sólo habilita para practicar dicha actividad a la persona que es titular de la misma (es decir, en este caso usted).
Todo ello es independiente de la embarcación desde la que se realice la actividad en cuestión. Por lo tanto, las demás personas que usted embarque como invitados en su embarcación no pueden pescar y como consecuencia lógica tampoco utilizar sus aparejos para este menester.
¿Se puede pescar en Andalucía con un fusil óleo-neumático?
El decreto 361/2003, de 22 de diciembre, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, que regula la pesca marítima de recreo, establece en su artículo 10, apartado 2º lo siguiente: “En el ejercicio de la pesca marítima de recreo submarina sólo se permitirá el empleo de arpón impulsado manualmente o por medios mecánicos”
A tenor de lo anterior y al no estar impulsados manualmente ni por medios mecánicos, los arpones oleo-neumáticos no están permitidos”.
¿A qué distancia deben de estar las embarcaciones de las playas?
La distancia de seguridad en una playa está delimitada normalmente por una zona balizada, en la que está prohibida la navegación así como la práctica de deportes náuticos. Si la playa no estuviera balizada, la distancia sería de 200 metros paralela a la costa, donde la prioridad en el uso es de los bañistas y no de las embarcaciones.
Con la lógica y la seguridad siempre por delante
Con la llegada del buen tiempo, nuestras aguas territoriales se van a convertir en un espacio muy concurrido, donde todos estamos sujetos a una serie de normas que debemos conocer para evitar accidentes. Por ello es necesario que siga estos consejos antes de salir a la mar:
Tenga al día su titulación náutica y la documentación reglamentaria. Compruebe el buen estado y funcionamiento de la embarcación, comunicaciones y demás equipamiento.
Infórmese de la previsión meteorológica de la zona donde se pretende navegar evitando la salida en caso de mal tiempo o mala visibilidad. El Instituto Nacional de Meteorología, las Estaciones Radiocosteras de Telefónica y los Centros de Salvamento Marítimo difunden boletines meteorológicos de forma permanente; consúltelos por teléfono, por la radio o infórmese en su puerto de atraque o Club Náutico.
Vigile constantemente las aguas a proa de la embarcación; puede haber bañistas, otras embarcaciones menores, aparejos de pesca u otros obstáculos.
Informe de la fecha/hora prevista de salida/llegada y puerto de salida/destino y de las características del buque en la Capitanía Marítima, en su Club Náutico, a familiares o amigos.
No embarque más tripulantes que los permitidos.
El teléfono gratuito de emergencias (900 202 202) permite avisar de una situación de peligro en la mar avistada desde tierra.
No salga a la mar sin un ancla. En caso de avería o de falta de combustible, puede evitar que la embarcación derive hacia alta mar.
Asegure su embarcación y sus tripulantes. Ante cualquier eventualidad o si precisa de un remolque disponer de un seguro es importante.
Si está en peligro transmita la señal de MAYDAY MAYDAY MAYDAY en VHF, canal 16 o en telefonía 2.182 kHz y active la radiobaliza. Si necesita ayuda pero no está en peligro inminente emita la señal PAN, PAN, PAN en las mismas frecuencias. En estos casos el teléfono móvil NO es una buena elección pues su alcance es corto y es difícil obtener una localización precisa.
Si avista o recibe señales de una embarcación en peligro en sus proximidades, debe acudir rápidamente en su auxilio, siempre que no ponga en peligro su propia seguridad.
Póngase en contacto (VHF canal 16 o 2.182 Khz.) con el Centro de Salvamento Marítimo o Estación Radiocostera más próxima y contacte con otros buques en sus proximidades.
Si no dispone de equipos de comunicación, advierta a otras embarcaciones cercanas con señales de socorro. Si no puede prestar ayuda, diríjase al puerto más cercano para