¿Se puede pescar con el arte conocido como ‘pajarita’?

pescadorEn el Decreto 361/2003, que regula la pesca marítima de recreo en aguas interiores, se establecen como únicos útiles de pesca permitidos las líneas o aparejos de anzuelo, con un máximo de seis anzuelos por licencia y en el caso de licencia de clase 3 o colectiva, el máximo de seis anzuelos se entenderá por persona embarcada. Los señuelos artificiales se considerarán aparejos de un anzuelo a efectos de esta norma.
Por lo tanto no se contempla a las ‘pajaritas’ como útiles permitidos para la pesca, por lo que su tenencia o utilización, así como la de cualquier otro arte, útil, equipo o instrumento prohibido, se sancionaría de acuerdo con lo establecido en el artículo 108, apartado 6), de la Ley 1/2002, de Pesca Marítima de Andalucía.

Tengo licencia de pesca desde embarcación. ¿Puedo invitar a una persona sin licencia a pescar y utilizar parte de mis aparejos?

pic-20140824060242S5883P5No puede hacer lo que propone en su pregunta. La base legal radica en que la licencia de pesca que usted posee tan sólo habilita para practicar dicha actividad a la persona que es titular de la misma (es decir, en este caso usted).
Todo ello es independiente de la embarcación desde la que se realice la actividad en cuestión. Por lo tanto, las demás personas que usted embarque como invitados en su embarcación no pueden pescar y como consecuencia lógica tampoco utilizar sus aparejos para este menester.

¿Puedo prestar mi arma a otra persona que quiera cazar o practicar tiro?

MIAMI INTERCAMBIA ARMAS POR ENTRADAS DE LOS HEAT O TARJETAS DE DESCUENTOLos ciudadanos españoles y extranjeros residentes en España pueden prestar sus armas de caza a quienes tengan licencia de caza y licencia para armas largas rayadas para caza mayor o para escopeta de caza, según los casos. La cesión será exclusivamente para cazar y se documentará con una autorización escrita, fechada y firmada por el titular del arma.

De igual forma, para la práctica de tiro deportivo, los titulares de las pistolas, revólveres y armas de concurso pueden prestar este tipo armas con una autorización por escrito a quienes estén habilitados legalmente para su uso. Del mismo modo, con la oportuna autorización escrita y a los mismos efectos expuestos, se podrán prestar las armas documentadas con tarjeta de armas.

¿Qué consecuencias puedo padecer por construir una vivienda sin la licencia municipal de obras?

CADIZ FINA VEEDOR 20 FOTO JAOAQUIN HERNANDEZ KIKISería un problema administrativo en el caso de que la construcción sea autorizable, ya que se incurriría una infracción urbanística grave sancionada con multas de 3.000 a 5.999 euros. Si la construcción no fuera autorizable, las multas se sancionarían en función del tipo de suelo, con multas que van desde el 50 % hasta el 300% del valor de la obra ejecutada. No obstante, se ordenará la demolición de la obra y reposición de la realidad alterada.

En cuanto a la consecuencia penal podrían incurrir en delito sobre la ordenación del territorio el promotor, el constructor y el técnico director. En suelo no urbanizable de especial protección o en suelos destinados a viales, zonas verdes, bienes de dominio público o lugares que tengan reconocido valor paisajístico, ecológico, artístico, histórico o cultural se impondrán penas de prisión de un año y seis meses a cuatro años, multa de 12 a 24 meses e inhabilitación especial para profesión u oficio de uno a cuatro años. En suelo no urbanizable común y siendo no autorizable se impondrán penas de prisión de uno a tres años, multa de 12 a 24 meses e inhabilitación especial para profesión u oficio de uno a cuatro años.

Me telefonean y me piden dinero para una revista de la Guardia Civil. ¿Es esto algo normal?

118Por supuesto que no. La única revista oficial y profesional de la Institución se llama “Guardia Civil” y no tiene ánimo de lucro, ni realiza este tipo de prácticas, por lo que aunque otras revistas utilicen en sus portadas las palabras Guardia Civil, e incluyan profusión de fotografías y emblemas de guardias civiles de todas las especialidades, no tienen vinculación alguna con la revista oficial, ya que aunque están inscritas y autorizadas por el Ministerio del Interior, son administradas y dirigidas por entidades particulares.

Por tanto si usted ha sido intimidado, o si considera que podría haber sido víctima de una estafa, no dude en presentar la correspondiente denuncia en las dependencias oficiales más cercanas.

¿Puedo dejar mi escopeta en el maletero del coche, oculta con una manta, mientras hago unas gestiones tras venir de cazar?

pic-s1-1843706No, nunca, pues incurrimos en una infracción grave al Reglamento de Armas, que estipula la obligación de  guardar las armas en lugar seguro y a adoptar las medidas necesarias para evitar su pérdida, robo o sustracción. Si no constituyeren delito, serán consideradas infracciones graves y sancionadas la omisión, insuficiencia o ineficacia de las medidas o precauciones obligatorias para garantizar la seguridad de las armas que posean los particulares en los domicilios o lugares de uso, o en circulación si es de armas de defensa personal, de armas de vigilancia y guardería o de armas largas rayadas, con multa de 300,52 a 3.005,06 euros.

Si se hubiera producido pérdida, sustracción o robo de las armas, las sanciones serán de hasta 6.010,12 euros y retirada de las licencias o permisos correspondientes de hasta seis meses de duración. La omisión, insuficiencia o ineficacia de las precauciones  para garantizar la seguridad de las armas en los domicilios o lugares de uso, o en circulación, con multa de 300,52 a 1.502,53 euros, si se trata de armas largas de ánima lisa, y con multa de hasta 3.005,06 euros, si se hubiera producido pérdida, sustracción o robo de las armas.

¿Puedo construirme una vivienda en una parcela de mi propiedad?

pic-s1-3746476Cuando nos decidimos a realizar la construcción de una vivienda en una parcela de nuestra propiedad debemos comprobar la clasificación del suelo donde se encuentra ubicada nuestra parcela en el Plan General de Ordenación Municipal.

Dicho Plan General nos indicará el tipo de suelo, parcela mínima exigida para la construcción de una vivienda y tipo de construcción autorizable. Si nuestra parcela cumple con lo estipulado en el Plan General, el siguiente paso es solicitar un proyecto de obras a un arquitecto.

Una vez redactado nos dirigiremos al área de Urbanismo de nuestro Ayuntamiento y solicitaremos una licencia de obra mayor, la cual contendrá el tiempo que tenemos para la construcción de dicha vivienda.

¿En un puesto de caza puede estar un menor?

RUIZ BARRAJÓN, CAMPEÓN PROVINCIAL DE CAZA MENOR CON PERRO DE CIUDAD REALSí. Es más, incluso puede, si ha obtenido las oportunas licencias, practicar el deporte cinegético siempre y cuando tenga los 14 años cumplidos. Es condición indispensable que siempre que practique esta actividad deportiva esté acompañado de un cazador mayor de edad, el cual debe ir provisto de la preceptiva licencia.

La legislación vigente en materia de caza en Andalucía (que es la Ley 8/2003 de Flora y Fauna Silvestre de Andalucía y Reglamento de Caza de Andalucía), no prohibe tal extremo, eso sí, siempre y cuando que se tomen las medidas de seguridad oportunas para evitar accidentes de caza y sin dejar, en ningún caso, que el menor acceda a las armas de fuego.