Puede realizar grabaciones en la vía pública, siempre que el objeto de su grabación sean personas de su entorno o actividades que realice, por lo que si en alguna de éstas se recogiese la comisión de un hecho delictivo debería ponerlas a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, aunque la admisión como prueba de las imágenes es competencia y decisión de la autoridad judicial que entienda del caso, y no de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.