Los horarios de apertura y cierre de las casetas están reguladas por las ordenanzas municipales. Estos horarios serán de obligado y estricto cumplimiento, no permitiéndose el uso de aparatos de música una vez cerrada la caseta. En caso de no cumplir dicho horario la caseta podrá ser cerrada por la autoridad y clausurada. Las infracciones graves se sancionaran con multa desde 301 euros hasta 600 euros. Policía Nacional y Local evitarán que algunas casetas se conviertan en “afterhours” que acarrean usualmente problemas de convivencia y seguridad.
Ordenanza municipal
¿Es legal que las puertas de emergencia de un instituto estén atadas con candados?
Mantener las puertas de emergencia cerradas con cadenas es una actitud gravemente irresponsable de los responsables de todo inmueble, tanto público como privado, y constituye una infracción recogida en el Real Decreto 5/2000 texto refundido de la ley de Infracciones y Sanciones de Orden Social, una infracción grave 23.ñ de la ley de Seguridad Ciudadana 1/92 y de las leyes autonómicas y ordenanzas municipales que desarrollan esta legislación.
La inspección de estas infracciones puede corresponder a la Inspección de Trabajo, a los Inspectores de los distintos Ayuntamientos, a la Policía Local y a la Policía Nacional. Si observa usted estos casos en el instituto al que acude no dude en ponerlo en conocimiento de la Policía Local o Policía Nacional, o a través de su mismo Ayuntamiento.
El perro de un vecino se orina en zonas comunes. ¿Qué podemos hacer?
Lo ideal sería que usted y el resto de los miembros de la comunidad de vecinos presenten una denuncia por estos hechos por la vía de lo Civil en su partido judicial. En la misma deberán especificar las molestias que han sufrido así como los gastos que se hubieren podido derivar de la limpieza de los orines vertidos por el animal.
Igualmente si se repiten los hechos consideramos que lo mejor sería que contactase usted con la Policía Local en los teléfonos 092 y 112 para que se desplacen al lugar y valoren si los actos incívicos de este vecino constituyen una infracción en la ordenanza municipal de su municipio con la consiguiente sanción económica que ello supone.