Mantener las puertas de emergencia cerradas con cadenas es una actitud gravemente irresponsable de los responsables de todo inmueble, tanto público como privado, y constituye una infracción recogida en el Real Decreto 5/2000 texto refundido de la ley de Infracciones y Sanciones de Orden Social, una infracción grave 23.ñ de la ley de Seguridad Ciudadana 1/92 y de las leyes autonómicas y ordenanzas municipales que desarrollan esta legislación.
La inspección de estas infracciones puede corresponder a la Inspección de Trabajo, a los Inspectores de los distintos Ayuntamientos, a la Policía Local y a la Policía Nacional. Si observa usted estos casos en el instituto al que acude no dude en ponerlo en conocimiento de la Policía Local o Policía Nacional, o a través de su mismo Ayuntamiento.