Si cree estar sufriendo acusaciones falsas por medio de denuncias ante las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, debe denunciarlo en la comisaría, cuartel o en el juzgado de Guardia de su partido judicial, ya que el hecho de denunciar o relatar a la autoridad hechos falsos o inciertos es un acto tipificado como delito en el artículo 457 del Código Penal español.
Debe aportar en su denuncia todas las pruebas e indicios que puedan ayudar a determinar que las denuncias son capciosas y malintencionadas. Este acto abrirá la vía penal en la aunque también puede iniciar la vía civil aludiendo como causa la protección del honor y la propia imagen en la igualmente será la Autoridad Judicial la que dictamine sobre los hechos.