Cuando los agentes requieren a una persona que se identifique lo hacen para prevenir la seguridad ciudadana, teniendo en cuenta la legislación vigente. Para los ciudadanos españoles serían válidos el DNI y el pasaporte o documento que lo sustituya; en cuanto a los extranjeros serían la tarjeta de residencia o cualquier otro documento de identidad expedido por las autoridades de sus respectivos países de origen.
Existen otros documentos que son válidos para identificar a las personas, como es el caso del permiso de conducir y todos aquellos que lleven incorporada foto y presenten medidas de seguridad (carnés de estudiante o biblioteca, por ejemplo). Sin embargo, serán los funcionarios policiales los que valoren las acreditaciones y actúen en consecuencia.