¿El transporte combinado o intermodal tiene un máximo de kilómetros por carretera hasta la estación más cercana?

RG230414- INTERIOR ESTACION INTERMODAL - ANDEN DARSENAS AUTOBUSES AUTOCARESEl transporte combinado o intermodal está regulado por la Directiva 92/106/CEE del Consejo relativa al establecimiento de normas comunes para determinados transportes combinados de mercancías entre Estados miembros.

Se entiende por transportes combinados o intermodal los de mercancías entre Estados miembros en los que el vehículo utiliza la carretera para la parte inicial o final del trayecto, el ferrocarril o la vía navegable o un recorrido marítimo si supera los 100 kilómetros a vista de pájaro desde el puerto fluvial o marítimo de embarque o desembarque, entre el punto de carga de la mercancía y la estación ferroviaria de embarque apropiada más cercana posible en el caso del trayecto inicial, y entre la estación ferroviaria de desembarque apropiada más cercana y el punto de descarga de la mercancía en el caso del trayecto final o en un radio que no sea superior a 150 kilómetros a vista de pájaro desde el puerto fluvial o marítimo de embarque o desembarque.

El documento de transporte que debe facilitarse deberá indicar las estaciones ferroviarias o puertos fluviales de embarque y desembarque correspondientes al recorrido.

Comunicación constante a través de internet

La Guardia Civil, a través de su servicio de Atención al Ciudadano, tiene a disposición de los usuarios el portal ‘A tu lado’, que facilita al ciudadano la comunicación constante con el Cuerpo a través de los distintos canales que permiten las nuevas tecnologías, como son la página web, redes sociales y aplicaciones para smartphones donde se puede informar sobre aquellos hechos considerados infracción o delito y así colaborar con la Guardia Civil para lograr el objetivo común de hacer, entre todos, una red más segura, lema del Grupo de Delitos Telemáticos (GDT).

De esta forma, se crearon distintas aplicaciones con sendas funcionalidades para los sistemas operativos Android, Windows Phone e iOS (Apple) con las que se pueden conocer las novedades y consejos que se van ofreciendo por el GDT de la Guardia Civil en el campo de las nuevas tecnologías.

Además, la Guardia Civil, en colaboración con la operadora certificadora ‘Lleida.net’, tiene a disposición del ciudadano un sistema que permite notificar cualquier información a través de un correo electrónico certificado, desde cualquier cuenta de e-mail y con la posibilidad de remitir archivos adjuntos. Con las notificaciones certificadas, la Guardia Civil refuerza todos sus servicios al ciudadano. Este sistema es aplicado a diferentes áreas de actuación del Cuerpo, como delitos cometidos en la Red, tráfico, medio ambiente, sugerencias y cualquier otro servicio o trámite de su competencia.
De esta forma, si un ciudadano observa la comisión de alguna acción irregular que le pueda resultar sospechosa de que sea una infracción administrativa o penal podrá ponerlo en conocimiento de la Guardia Civil enviando un correo electrónico a alguna de las cuentas de correo habilitadas para ello. En unos minutos recibirá un certificado con dicho contenido, el cual podrá utilizar posteriormente para su propia salvaguarda a modo de recibo, con validez jurídica igual a la de un burofax o una carta certificada, de las comunicaciones que se realicen a la Guardia Civil. De esta forma, pueden evitarse complicaciones judiciales en fraudes con suplantación de identidad o en descargas accidentales de contenidos delictivos.

Los servicios activados por la Guardia Civil con este sistema, así como las cuentas de correo correspondientes habilitadas para ello, son medio ambiente (seprona@notificaciones.guardiacivil.es); tráfico (trafico@notificaciones.guardiacivil.es); delitos en internet (gdt@notificaciones.guardiacivil.es); ingreso en el Cuerpo (ingreso@notificaciones.guardiacivil.es); sugerencias (sugerencias@notificaciones.guardiacivil.es); sugerencias sobre web (sugerencias-web@notificaciones.guardiacivil.es); consultas (consultas@notificaciones.guardiacivil.es);relaciones informativas y sociales (dg-oris-atencionciudadano@notificaciones.guardiacivil.es).