La ley de Protección de los Animales regula la perturbación por parte de los animales de la tranquilidad y el descanso de los vecinos. De esta forma, establece que para imponer las sanciones a las infracciones por esta incidencia será de aplicación el procedimiento que reglamentariamente se establezca por parte de los Ayuntamientos, administración competente para la imposición de sanciones leves que afecten a los animales de compañía.
Por otro lado, el reglamento de la protección contra la contaminación acústica en Andalucía especifica que corresponde a los municipios la aprobación de ordenanzas municipales para regular estas molestias, así como la tipificación de las infracciones en este sentido y por el ruido producido por las actividades domésticas o los vecinos.
De esta forma, la norma recoge de forma general la perturbación por parte de los animales de la tranquilidad y el descanso de los vecinos, siendo obligación de la persona que lo posee y correspondiendo la competencia al Ayuntamiento quedando establecidas en las ordenanzas propias de cada municipio.