Cuando alquilamos una embarcación y la empresa propietaria ha incluido en el contrato de alquiler a la tripulación profesional (es decir la compañía es la responsable de la navegación) entonces sí puede utilizar el gasoil bonificado. Sin embargo si somos nosotros como particulares quienes alquilamos la embarcación y nosotros mismos la marinamos y la gobernamos no podremos repostar gasoil bonificado. Si lo hacemos nos exponemos a una importante sanción administrativa por infracción a la normativa de impuestos especiales