Un ciudadano puede no tener permiso para conducir por 3 motivos: por no haber tenido nunca el permiso; haber perdido todos los puntos o por retirada por resolución judicial.
Si condujera en cualquiera de los tres casos cometería delito y el último supondría un quebrantamiento de condena. Este hecho es el que el agente de la autoridad pone en conocimiento de la autoridad judicial mediante el oportuno atestado. Este hecho está tipificado en el Código Penal y es totalmente objetivo, es decir no cambiará nunca pues usted no puede conducir un vehículo.
Las circunstancias que lo rodean deberán ser valoradas por la autoridad judicial que se encargue de juzgar la comisión del referido delito.