Sí puede hacerlo, y les ampara la LEY 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, publicada en el BOJA de 20 de julio de 2007, donde se establece en su Disposición adicional cuarta: Modificación de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y Fauna Silvestres.
El apartado 2 del artículo 65 queda redactado en los siguientes términos: Las autoridades y sus agentes en el ejercicio de sus funciones podrán:
a) Acceder y entrar libremente, en cualquier momento y sin previo aviso, en todo tipo de terrenos e instalaciones sujetos a inspección y a permanecer en ellos, con respeto, en todo caso, a la inviolabilidad del domicilio. Al efectuar una visita de inspección, deberán comunicar su presencia a la persona inspeccionada o a su representante, a menos que considere que dicha comunicación pueda perjudicar el éxito de sus funciones.
b) Proceder a practicar cualquier diligencia de investigación, examen o prueba que consideren necesaria para comprobar que las disposiciones legales se observan correctamente.
c) Tomar o sacar muestras de sustancias y materiales, realizar mediciones, obtener fotografías, vídeos, grabación de imágenes, y levantar croquis y planos, siempre que se notifique al titular o a su representante, salvo casos de urgencia, en los que la notificación podrá efectuarse con posterioridad.
¿Puedo denunciar a un indigente que pide limosna en nuestro piso y se pone agresivo si no se la damos?
El sólo acceso a las zonas comunes de un edificio, no constituye por sí solo un delito de allanamiento de morada, pero usted como copropietario de estas zonas podrá solicitarle que las abandone, y si se niega, puede solicitar la presencia policial explicando los motivos que le llevan a ello.
Cosa bien distinta es que para ejercer la mendicidad se emplee la agresividad o las amenazas, ya que estaríamos ante un caso de coacciones o amenazas o incluso de robo con violencia o intimidación.
Tengo pensado viajar a un país de Latinoamérica. ¿Cómo evito que manipulen mi maleta a la vuelta?
En cualquier tipo de viaje, es muy importante no perder de vista nuestros objetos personales y equipaje que portemos, ya sea para evitar que alguien pueda manipularlo o para no ser víctimas de un robo.
Una buena opción es plastificar el equipaje para impedir su manipulación, que además lo protege ante golpes y roturas. Pero ante todo, si cuando va a recoger su maleta comprueba o sospecha que ha sido manipulada o encuentra algún objeto que no es de su propiedad, acuda de inmediato ante los guardias civiles de los aeropuertos.
La Guardia Civil y el Colegio de Veterinarios, juntos al lado de los más desfavorecidos
Un protocolo de colaboración establecido entre distintas entidades, a nivel público y particular, ha permitido que miles de kilos de pescado fresco terminen en la mesa de las familias más desfavorecidas, en lugar de ser destruidos.
Tenemos que remontarnos al mes de diciembre de 2010, cuando la Guardia Civil gaditana solicitaba la colaboración altruista del Ilustre Colegio de veterinarios de Cádiz para que certificara si las 43 toneladas de cou-cous que servían de tapadera para intentar “colar” un alijo de droga, terminaran en el banco de alimentos y no siendo destruidos.
A partir de ahí se iniciaron una serie de colaboraciones puntuales, que desembocaron hace 13 meses, en la firma de un protocolo de colaboración altruista entre la Guardia Civil, el Colegio de Veterinarios, el Banco de alimentos y otros generosos colaboradores particulares.
El procedimiento para que el pescado incautado en la provincia pueda llegar a las familias que lo necesitan, con todas las garantías sanitarias, se inicia tras recibir la llamada de la Guardia Civil que ha realizado una incautación de alimentos perecederos, por cualquier infracción a la normativa vigente en materia de consumo. De manera inmediata se activa el protocolo y se procede a recoger la mercancía en el punto indicado por los guardias civiles, los cuales realizan el decomiso bajo la entrega del correspondiente recibo. Sea cual sea su lugar de incautación, la mercancía es trasladada por voluntarios y voluntarias del Banco de Alimentos a las cámaras frigoríficas de la ‘industria solidaria’.
Es allí a donde se traslada el “veterinario solidario” autorizado, el cual realiza los controles sanitarios necesarios para certificar que dichos alimentos son perfectamente consumibles. Los resultados de los análisis, son comunicados al Banco de Alimentos, mientras se tramita la documentación necesaria, por parte de la autoridad sancionadora competente, para que la mercancía pueda ser distribuida por el Banco de Alimentos a los centros benéficos entre los que son finalmente distribuidos.
Cuando se obtienen todos los documentos que certifican y garantizan que los alimentos incautados pueden ser consumidos por la población, se distribuyen entre los distintos comedores y centros benéficos con todas las garantías, mientras tanto han estado en las cámaras frigoríficas a la espera de la “Luz Verde” para su distribución.
De esta forma, el pasado 2015 se han repartido casi 9.000 kilos de pescado entre quienes menos recursos tienen.
¿Qué documentación tengo que presentar para la obtención de la licencia de armas del tipo E?
Indiquemos en primer lugar que las licencias de tipo E son expedidas para el uso de armas de tiro deportivo así como de escopetas de caza. Los requisitos son los siguientes en la actualidad:
– Instancia, (que será facilitada por la Intervención de Armas de su localidad o que podrá descargar de la página www:guardiacivil.org.).
-Certificado de aptitudes psicofísicas.
-Pagar la tasa correspondiente al año de la solicitud y presentar el correspondiente justificante bancario.
-Licencia de caza en vigor.
¿Qué productos y cantidades se pueden traer desde Canarias?
Entendiendo que su pregunta viene referida a aquellos productos sujetos a impuestos especiales, con una menor fiscalidad en las Islas que en la península, cabe decir que en cuanto al tabaco, todo viajero mayor de 17 años, podrá pasar libremente la cantidad de 200 cigarrillos (un cartón de tabaco) o 100 cigarritos (puritos finos) o 50 cigarros (puros) o 250 gr. de restantes labores (picadura); y en cuanto a bebidas alcohólicas, todo viajero mayor de 17 años podrá pasar libremente la cantidad de un litro de alcohol o bebidas derivadas con una graduación superior a 22%, o dos litros de productos intermedios o vinos y bebidas fermentadas espumosas menor de 22 % o cuatro litros de vinos y bebidas fermentadas tranquilas, o 16 litros de cerveza.
¿Puede un ciclista cruzar montado en bicicleta por un paso de cebra?
El ciclista, para atravesar un paso de peatones, ha de realizarlo apeado de la bicicleta, siendo por tanto un peatón, gozando de prioridad o preferencia, sobre el resto de vehículos que circulen por la vía. En la actualidad en las ciudades se está anexando a los pasos de peatones un paso para ciclistas, mediante la señalización horizontal compuesta por línea longitudinal discontinua con trazo ancho.
Sobre esta señalización goza de prioridad el ciclista sobre el resto de vehículos, pero ha de tenerse en cuenta la señalización vertical u horizontal existente, y en todo caso aunque se goce de prioridad asegurarse antes de cruzar que el vehículo que no goza de prioridad se va a detener para evitar el atropello.
¿Se puede hacer pesca submarina en Andalucía con un seguro privado o tiene que ser con el federativo?
En la Orden de Fomento, de 14 de octubre de 1997, sobre actividades subacuáticas se establece en su artículo 24 que “todo practicante de una de las modalidades de actividades subacuáticas, deberá encontrarse en posesión de un seguro de accidentes y de responsabilidad civil que pueda cubrir cualquier tipo de incidente que pueda producirse durante el desarrollo de las mismas”.
Por lo tanto es obligatorio estar en posesión de un seguro, pero en ningún caso la norma obliga a que éste sea el de la Federación, por lo que puede contratarlo con cualquier aseguradora.
El patrimonio histórico es de todos
A continuación ofrecemos una serie de pautas de actuación para prevenir ser víctimas de robos de objetos y obras de arte que forman parte de nuestro patrimonio histórico.
Conviene evitar que personas ajenas a su círculo de amistades conozcan aquellos objetos artísticos que puedan tener interés patrimonial y se aconseja desconfiar de los posibles compradores que estén interesados en visitar el inmueble donde se guarden estos objetos, ya que esta información puede llegar a grupos de delincuentes.
Para conseguir la recuperación de este tipo de antigüedades, en el caso de ser robadas, es esencial disponer de una fotografía del objeto, ya que la sola descripción no es suficiente para identificarlo con todas las garantías. Por tanto, cualquier persona que sea propietaria de una pieza que considere que tiene un cierto valor histórico, artístico o pecuniario debe tomar una fotografía del mismo y guardarlo en un lugar seguro, para poder aportarlo a la denuncia en caso de sustracción. También facilita la búsqueda si se pueden facilitar las medidas, inscripciones y marcas que pudiera tener el objeto para su identificación, características que lo distinguen, tema que representa, fecha o período de la pieza así como el autor.
Recuerde que los ladrones suelen actuar en los sitios menos protegidos, de ahí que si es usted propietario de una vivienda en la que no resida habitualmente y en la que conserve antigüedades, es conveniente que las traslade a un lugar seguro.
Si es usted residente, aunque sea ocasional, en una localidad en la que exista una iglesia o ermita con escasas medidas de seguridad, donde se conserven bienes culturales de gran valor artístico o histórico, en caso de observar a alguna persona en actitud sospechosa merodeando por los alrededores de estos lugares y en horas no habituales, avise inmediatamente a la Guardia Civil y trate de tomar nota de cualquier dato que pueda identificar a los posibles delincuentes.
No adquiera obras de arte o antigüedades a personas que no den las debidas garantías, ya que indirectamente se puede estar fomentando el comercio ilícito de bienes culturales robados. Es conveniente que las compras de esta clase de objetos se realicen en establecimientos legales (comercios de antigüedades, ferias) y exigir siempre una factura en la que figure una descripción de la obra que se está adquiriendo, nombre y dirección del vendedor, fecha y firma. Se debe sospechar de aquellas obras que se ofrezcan a un precio anormalmente bajo.
Si tiene sospechas de que una obra de arte que le estén ofreciendo puede ser procedente de robo, trate de obtener cualquier información sobre el vendedor y comuníquelo a la Guardia Civil.
No compre objetos arqueológicos en mercadillos, ya que en la mayoría de las ocasiones proceden de expolios en yacimientos.
En el mercado de obras de arte y antigüedades existen numerosas falsificaciones que, con frecuencia, van acompañadas de un certificado de autenticidad falso. Por este motivo, cuando decida comprar un bien cultural y dude de su autenticidad, lo conveniente es asesorarse de un especialista que debe ser elegido por usted mismo y no por el vendedor.
¿En una parcela de terreno rústico, se puede colocar una casa autoconstruida de madera o ‘mobilhome’?
Si la finalidad de la instalación es el uso permanente no se permite. Además, aunque la finalidad no fuese el uso permanente, pero usted realiza cualquier tipo de construcción, la cimentación para fijar la ‘mobil-home’ o casa de madera o la conexión de cualquier servicio tales como agua, luz o evacuación de aguas sucias también estaría cometiendo una ilegalidad.
El art. 319.2 del Código Penal establece que son autores del delito sobre la Ordenación del Territorio los promotores, constructores o técnicos que lleven a cabo obras de construcción o edificación no autorizables en el suelo no urbanizable