Tanto en la Ley 1/2002, de pesca marítima en Andalucía como en el decreto 361/2003, de pesca marítima de recreo en aguas interiores, se establece que en el ejercicio de la pesca marítima de recreo solo está permitida la captura de peces, no crustáceos ni moluscos. También se prohíbe para la pesca deportiva, en la Región IX a), del Golfo de Cádiz hasta Gibraltar, la captura de las siguientes especies por estar sometidas a la TAC (Total Admisible de Capturas): Anchoa, Gallos, Rape, Eglefino, Merlán, Merluza, Bacaladilla, Solla europea, Abadejo, Caballa, Lenguado y Jurel.
Por otra parte, para la captura en aguas interiores de las siguientes especies sometidas a medidas especiales de protección se deberá disponer de una autorización otorgada al efecto por la Dirección General de Pesca y Acuicultura: Atún rojo, Atún blanco, Patudo, Pez Espada, Marlines, Agujas, Pez Vela, Merluza,Voraz y Bonito.
¿Por qué zonas del campo puedo circular con mi moto de Enduro?
Serán viales de libre circulación para los vehículos, quad o asimilados, aquellos caminos públicos de tierra o de cualquier otro firme natural de anchura superior a tres metros, y en el caso de motocicletas aquellos con una anchura superior a dos metros. No tendrán dicha consideración las vías pecuarias, los cortafuegos, los viales forestales, los caminos privados o aquellos otros en los que se prohíba expresamente este uso.
Queda prohibida la circulación de vehículos a motor campo a través por el medio natural, y en particular, por las dunas o por las corrientes naturales de agua y los lechos de los lagos, lagunas y embalses, excepto cuando formen parte de un vial que los atraviese o discurra tradicionalmente por un tramo.
¿Es legal adquirir, transportar o usar un arma de airsoft en España?
Se pueden adquirir y tener en el propio domicilio sin tarjeta alguna. Para poder sacarlas de casa es necesario que su Ayuntamiento le expida una Tarjeta de Armas que le habilite para su uso y trasporte, pero solo tendrán validez en su respectivo término municipal.
Al usar este tipo de armas fuera del término municipal para el que han sido expedidas, se incurre en una infracción leve tipificada en el 157. a) del vigente reglamento de armas, en concordancia con la L.O 4/2015 sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, por lo que le intervendrán el arma.
¿Puedo utilizar un hornillo de gas para calentarme comida en lata en mis salidas al campo?
La normativa prohíbe desde el 1 de junio al 15 de octubre de cada año “encender fuego para la preparación de alimentos o cualquier otra finalidad, incluidas las áreas de descanso de la red de carreteras y las zonas recreativas y de acampada, aun estando habilitadas para ello”. Por otra parte en el decreto 247/2001, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales, en su artículo 12 prohíbe la acampada en los montes públicos, fuera de los lugares previstos para ello.
Además, deberá atenerse a las limitaciones que, en cuanto al uso del fuego, establezca la normativa propia de cada espacio natural, y en relación al senderismo, precisará de autorización previa para recorrer algunos de ellos
Los cheques fraudulentos
De un tiempo a esta parte la Guardia Civil viene detectando una estafa que se está dando de manera recurrente en personas que se dedican al mundo empresarial o que ofrecen determinados servicios a través de internet. nos referimos a la emisión de cheques falsos, robados o sin fondos.
Cuando hablamos de este tipo de estafa, no nos referimos a la emisión de un cheque bancario por parte de un particular identificado, en el que al ir a hacerlo efectivo carece de fondos en su cuenta. El sistema empleado, y que trae de cabeza a muchos profesionales y particulares, consiste en lo siguiente: el estafador localiza a través de internet un anuncio de una empresa, por ejemplo de hostelería, y contacta con su propietario para realizar una reserva de servicios por un importe elevado, lo que hace que el empresario aparque cualquier recelo ante la perspectiva de realizar un buen negocio. Para abonar la reserva, o el pago de los servicios que se pretenden contratar, el “cliente” envía como pago un cheque bancario. Normalmente esto se realiza desde el extranjero, con un importe muy superior al que se requería como anticipo o fianza.
Cuando el empresario recibe el cheque, se pone en contacto con el cliente, para comunicarle que ha enviado más dinero de la cuenta, a lo que se suele aducir que ha sido por un error de entendimiento a la hora de hacer la reserva. Tras esto y para evitar que supuestamente el banco le cobre dinero por la cancelación del cheque enviado y por la nueva emisión de otro nuevo, el estafador le propone al empresario que le ingrese la diferencia en un número de cuenta que le facilita. Y en el caso de acceder la trampa está cerrada. El empresario, para no perder un negocio que le reportaría unos buenos ingresos, hace efectivo el cheque en su banco, y devuelve el sobrante en el número de cuenta que le han facilitado, o a través de una empresa de envío de dinero al extranjero.
Pasados unos días, la entidad bancaria se pone en contacto con el estafado para comunicarle que la entidad bancaria extranjera les ha comunicado que el cheque es robado, que es falso, que carece de fondos o que no existe el titular de la cuenta, por lo que el empresario debe reintegrar el importe que había hecho efectivo, aunque en ese momento ya ha enviado una parte del mismo al estafador, el cual nunca aparece.
Este tipo de práctica fraudulenta, la venimos detectando en alquileres vacacionales, reservas de gran número de habitaciones en establecimientos hosteleros, o estancias muy prolongadas, paquetes vacacionales, servicios como clases personalizadas de flamenco, guitarra, comidas de empresa, etc…
Ante situaciones de este tipo, o en caso de que crea que está siendo víctima de esta estafa, acuda de inmediato a formular la correspondiente denuncia.
Soy menor de edad y quiero poner una denuncia, pero me da vergüenza que mis padres se enteren. ¿Puedo hacerlo sola?
Lo normal es que un menor de edad deba acudir en compañía de su padre, madre, tutor, cuidador o persona que tenga la custodia para poder presentar una denuncia, lo que no quiere decir que un menor no pueda contarle a la Guardia Civil unos hechos que cree que son incorrectos o lesivos para su persona. Lo primero que debería plantearse es el motivo por el que no quiere que sus padres se enteren de lo que le pasa, ya que a pesar de que puedan enfadarse o preocuparse en un primer momento, son las personas en las que más apoyo va a encontrar.
¿Cuántos cartones de tabaco puedo traer si vivo fuera de la UE?
El tabaco es un artículo sujeto a determinadas limitaciones a la hora de entrar en nuestro país, por lo que se establece que los viajeros mayores de diecisiete años procedentes de países terceros pueden transportar como máximo la cantidad de 200 cigarrillos, o 100 cigarritos, o 50 cigarros, o 250 gramos de restantes labores, no habiendo diferencia en que se transporte en el equipaje de mano o en el facturado. Estas limitaciones vienen recogidas en la Ley de Impuestos Especiales 38/1992 de 28 de diciembre en su artículo 61 ‘exenciones’ en el apartado 2.a
¿Se puede pilotar un barco en estado de ebriedad? ¿Hay controles?
Hay que tener en cuenta que en el mar no existen tablas de alcoholemia como en carretera, por lo que depende del criterio del instructor del expediente sancionador, el cual es el Capitán Marítimo, así que simplemente habría que demostrar por indicios externos que la persona está ebria o drogada. Sería de aplicación el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
¿Se puede cazar en Andalucía con carabinas de calibre 22 o sigue estando prohibido en la actualidad?
Hay dos tipos de armas largas rayadas del calibre 22. 1)- Las armas de fuego largas rayadas para tiro deportivo, del calibre 5,6 mm (22 americano), de percusión anular. Se pueden documentar con la Licencia de Armas tipo ‘E’. 2)- Armas largas rayadas del calibre 22, pero de percusión central. Se encuentran clasificadas en la categoría 2.2. del Reglamento de Armas y para su tenencia y uso debe estar documentada con Licencia de Armas tipo ‘D’.
La caza en Andalucía se rige por la Ley 8/2003, de 28 de octubre de la Flora y la Fauna Silvestre (42808 martes 2 de diciembre 2003 BOE núm: 288) y prohíbe cazar con rifles del calibre 22 de percusión anular, como establece en el Anexo I apartado A) punto 8, Medios de captura prohibidos.
Acoso escolar… ¿Lo vas a permitir?
Cuando hablamos de “acoso escolar” nos estamos refiriendo a situaciones en las que uno o más alumnos persiguen e intimidan a otro a través de insultos, rumores, vejaciones, aislamiento social, motes, agresiones físicas, amenazas y coacciones, pudiendo desarrollarse a lo largo de meses e incluso años, siendo sus consecuencias ciertamente devastadoras, sobre todo para la víctima, pero también para los espectadores y para el propio agresor. Para referirse a estas situaciones de acoso, intimidación y victimización entre iguales, es frecuente encontrar también el término inglés “bullying”.
No se puede calificar de acoso escolar o “bullying” situaciones en las que dos estudiantes a un mismo nivel discuten, tienen una disputa o se pelean.
¿Qué tiene que ocurrir para que estemos ante un caso de acoso escolar o “bullying”?
– Deseo inicial obsesivo y no inhibido de causar daño, dirigido contra alguien indefenso.
– El deseo se materializa en una acción.
– Alguien resulta dañado. La intensidad y la gravedad del daño dependen de la vulnerabilidad de las personas.
– El maltrato se dirige contra alguien menos poderoso, bien sea porque existe desigualdad física o psicológica entre víctimas y actores, o bien porque estos últimos actúan en grupo.
– Tiene lugar de modo reiterado. Esta expectativa de repetición interminable por parte de la víctima es lo que le da su naturaleza opresiva y temible.
– Se produce con placer manifiesto. El agresor disfruta con la sumisión de la persona más débil.
Debes recordar que el maltrato entre compañeros tiene que ser comunicado a otras personas que no estén involucradas.
No hay que dejar que el silencio lo aumente y dé pie al agresor a abusar con más intensidad.
Algunos chicos y chicas creen que, cuando son acosados, lo mejor es callarse y pasar desapercibido, pero esto a menudo agrava la situación. Debes recordar lo siguiente: Tú solo posiblemente no puedas hacer frente a un acoso reiterado de un grupo de compañeros. No es ninguna vergüenza pedir ayuda. Hazlo y seguro que alguien te escuchará. Cuéntaselo a alguien, a un amigo, a un compañero, a un profesor o a tus padres. Busca protección en otros compañeros, no andes solo; busca amigos con quien relacionarte. Respétate a ti mismo. Piensa que nadie tiene derecho a tratar mal de forma reiterada a otro. Sé firme en la convicción de que tú vales tanto como cualquier otra persona. Intenta no mostrar miedo. En cuanto puedas, expresa tus sentimientos a alguien en quien puedas confiar y que pueda ayudarte a trazar un plan de actuación. Hazle saber al profesor tutor lo que te ocurre y que te gustaría que en clase se hablara de la convivencia, sin tener que centrarse en tu problema en particular.
Pero sobre todo, no rías las presuntas gracias de los que se meten con otros.