Entendiendo que su pregunta viene referida a aquellos productos sujetos a impuestos especiales, con una menor fiscalidad en las Islas que en la península, cabe decir que en cuanto al tabaco, todo viajero mayor de 17 años, podrá pasar libremente la cantidad de 200 cigarrillos (un cartón de tabaco) o 100 cigarritos (puritos finos) o 50 cigarros (puros) o 250 gr. de restantes labores (picadura); y en cuanto a bebidas alcohólicas, todo viajero mayor de 17 años podrá pasar libremente la cantidad de un litro de alcohol o bebidas derivadas con una graduación superior a 22%, o dos litros de productos intermedios o vinos y bebidas fermentadas espumosas menor de 22 % o cuatro litros de vinos y bebidas fermentadas tranquilas, o 16 litros de cerveza.